La conciliación fiscal de la renta para determinar el ISLR

En razón de que son muchas la entidades que tiene ejercicio fiscal comprendido entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de cada año, el lapso de los tres primeros meses del año resultan los de mayor trabajo para la preparación de la declaración definitiva de rentas que sirve de base a la determinación del Impuesto Sobre la Renta (ISLR) en Venezuela. Aunque en el caso de los sujetos Pasivos especiales, este lapso se ha visto reducido.


La información contable es la base que sustenta la determinación del ISLR, luego de aplicar al resultado financiero contable, los procedimientos de ajuste por conciliación fiscal de la renta. 

La Ley de ISLR nos plantea una formulación para determinar la base imponible del ISLR. Esta base imponible se denomina como enriquecimiento neto global. Que es la sumatoria del enriquecimiento neto de fuente territorial y el enriquecimiento neto de fuente extraterritorial. 

El enriquecimiento es el resultado de sumar los ingresos  brutos fiscales, los costos de ventas fiscales y las deducciones fiscales. Agregamos "fiscales" porque no son los valores contables, sino los que prevé la ley de ISLR. 

En algunos casos los valores contables y los fiscales, de ingresos, costos de venta y gastos, son similares en la cuantía y el momento en que son reconocidos. Pero no siempre es así. 

El procedimiento de conciliación fiscal de la renta busca determinar las diferencias entre el valor contable y el valor fiscal, para determinar a partir de la renta contable, el valor el enriquecimiento neto global fiscal.

Dentro del ajuste que debe hacerse a la renta contable para obtener la renta fiscal tenemos la consideración de disponibilidad de ingresos que por su naturaleza no aplicarán al ejercicio fiscal en el que se consideran a efectos contables, igual ocurre con algunos costos de ventas o servicios y deducciones. 

Estos son conocimientos que todo profesional vinculado al área contable, empresarial o financiero debería conocer.

Los ajustes que se realizan al resultado contable por efecto de la conciliación fiscal de la renta deben documentarse y dejar evidencia de ellos en los papeles de trabajo de la determinación del ISLR.

Dicha conciliación fiscal forma parte de los recaudos y anotaciones que deben estar en el libro especial que exige el Reglamento de la Ley de ISLR (2003) en su artículo 123.

Allí se establece que los contribuyentes sujetos al sistema integral de ajustes y reajustes por efectos de la inflación a que se refiere el Título IX de la Ley, cuando menos, deberán llevar un libro adicional y los demás registros que sean necesarios, para dejar constancia en ellos entre otros aspectos a "Una conciliación entre los resultados históricos del ejercicio y la renta gravable".

En el caso de los Sujetos Pasivos Especiales, que fueron excluidos del Ajuste por Inflación Fiscal previsto en la ley de ISLR, estos de igual forma, aunque no sea un deber formal tributario para ellos,  es recomendable que preparen y mantengan en orden mientras no prescriba el tributo, los soportes que evidencien la determinación del ISLR.

Para realizar la conciliación fiscal de la renta debes tener un conocimiento contable y de la Ley de ISLR, así como su reglamentación, para identificar y entender las diferencias entre las normas contables que sirven de base para obtener el resultado contable y el enriquecimiento neto fiscal que sirve de base imponible del ISLR.

Podemos asesorarte o asistirte en la aplicación de este procedimiento, o podemos apoyar la revisión del trabajo que ya hiciste en la empresa o para tu cliente. 

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